¿Es legal instalar una salida de humos en la fachada?

¿Es legal instalar una salida de humos en la fachada?

  • IronFable
  • Mayo 19, 2026
  • 3 minutos

En los edificios, la fachada, terrazas y balcones no son propiedad de cada vecino, sino elementos comunes que no se pueden cambiar sin permiso.

Si alguien perfora la fachada para instalar una salida de humos, está infringiendo la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). El artículo 10.3.b indica que cualquier alteración de la estructura necesita autorización administrativa y el acuerdo de la Junta de Propietarios.

Antes se exigía unanimidad, pero ahora basta con el apoyo de tres quintas partes de los propietarios y de sus cuotas, según el artículo 17.4 de la LPH.

Además, el Código Civil, en su artículo 580, prohíbe abrir huecos en muros medianeros sin consentimiento del vecino.

El Código Técnico de la Edificación (CTE), en el Documento Básico HS 3, obliga a que los humos de la cocina salgan por un conducto independiente que llegue hasta la cubierta del edificio.

Los ayuntamientos, como el de Granada, también exigen que las salidas de humos, calderas y extractores se canalicen hasta la cubierta, según su Plan General de Ordenación Urbana y la Ordenanza Municipal de Edificación.

Por eso, perforar la fachada para expulsar humos, gases u olores está prohibido: afecta a la salubridad y molesta a los vecinos de plantas superiores.

Si el ayuntamiento detecta una salida de humos ilegal, puede negar la licencia de obra o la de primera ocupación, dejando el local como un local comercial sin poder usarlo como vivienda.

¿Puedes taladrar la fachada sin que nadie se entere?

Muchos vecinos piensan que pueden hacer un agujero en la fachada para su campana extractora, pero la LPH lo prohíbe claramente.

Sin la autorización de la comunidad y del ayuntamiento, cualquier perforación se considera una alteración ilegal de la estructura.

La LPH y el 3/5: la regla que muchos desconocen

El artículo 10.3.b obliga a obtener el visto bueno de la Junta y la autorización administrativa.

Hoy basta con que el 3/5 de los propietarios y sus cuotas estén a favor, según el artículo 17.4, para que la obra sea válida.

CTE y ayuntamientos: por qué la salida de humos tiene que subir al tejado

El CTE en su DB‑HS 3 exige que los humos de la cocina se evacuen por un conducto que llegue a la cubierta.

Municipios como Granada refuerzan esta norma en sus ordenanzas, y si se detecta una salida directa por la fachada, pueden negar la licencia y dejar el local sin uso residencial.