
nuevo reglamento de electricidad evita llamadas comerciales no autorizadas
Desde hoy, 12 de junio de 2026, entra en vigor un nuevo Reglamento de Electricidad que prohíbe las llamadas comerciales no autorizadas en el sector energético español.
Esta medida busca proteger a los consumidores de prácticas comerciales insistentes y no solicitadas, especialmente durante la siesta o a últimas horas del día.
Las comercializadoras de luz solo podrán llamar a los consumidores si existe una petición expresa, inequívoca e informada por su parte, o si es el consumidor quien inicia el trámite de consulta.
¿Qué cambia con el nuevo reglamento?
El nuevo Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica prohíbe la realización de llamadas publicitarias o de captación comercial no solicitadas a personas físicas.
Además, las operadoras deben cumplir con exigencias técnicas rigurosas, como la grabación íntegra de las llamadas, un aviso explícito de cambio y el derecho de custodia para los consumidores.
¿Qué derechos tengo como consumidor?
Los consumidores tienen derecho a exigir una copia de la grabación completa de la llamada, que la comercializadora debe custodiar de forma obligatoria como prueba jurídica de conformidad.
- Grabación íntegra obligatoria
- Aviso explícito de cambio
- Derecho de custodia
¿Qué impacto tendrá esta medida?
Esta medida busca evitar los contratos fantasma y proteger a los consumidores de prácticas comerciales desleales.
