Un bar de Zaragoza multa con 4000 euros por tener a una camarera trabajando sin alta mientras cobraba el paro

Un bar de Zaragoza multa con 4000 euros por tener a una camarera trabajando sin alta mientras cobraba el paro

  • CrimsonEcho
  • Mayo 22, 2026
  • 2 minutos

Un bar en Zaragoza fue sancionado por la Inspecci贸n de Trabajo despu茅s de que una camarera fuera encontrada trabajando sin estar dada de alta en la Seguridad Social. La trabajadora estaba percibiendo la prestaci贸n contributiva por desempleo, conocida como el paro.

La multa inicial era de 10.001 euros, pero finalmente el Tribunal Supremo confirm贸 una rebaja a 4.000 euros. Los hechos ocurrieron en febrero de 2018, cuando inspectores acudieron al establecimiento y encontraron a la mujer detr谩s de la barra, atendiendo a clientes.

La situaci贸n irregular de la camarera

La camarera estaba realizando tareas propias de su funci贸n y no se trataba de una presencia casual en el local. Al identificarse los inspectores, la trabajadora abandon贸 el bar antes de entregar la documentaci贸n solicitada.

El due帽o del negocio intent贸 justificar la situaci贸n explicando que la mujer hab铆a acudido para una entrevista de trabajo y que se puso a trabajar por error. Sin embargo, la versi贸n de la empleada indicaba que su incorporaci贸n estaba prevista para ese d铆a.

La multa y sus consecuencias

La Inspecci贸n de Trabajo consider贸 que la empresa hab铆a cometido una infracci贸n muy grave y propuso una sanci贸n de 10.001 euros. La trabajadora tambi茅n tuvo que devolver 160,26 euros al SEPE por cantidades percibidas de forma indebida.

El Tribunal Superior de Justicia de Arag贸n redujo la sanci贸n a 4.000 euros, considerando la conducta como infracci贸n grave pero no muy grave. El Tribunal Supremo desestim贸 el recurso de la Abogac铆a del Estado y mantuvo la rebaja.

La compatibilidad entre empleo a tiempo parcial y prestaci贸n por desempleo

El Supremo record贸 que la normativa permite cobrar el paro y trabajar a jornada parcial, siempre que se descuente la parte proporcional correspondiente. Por ello, aunque la empresa incumpli贸 su obligaci贸n de dar de alta a la empleada, no se aplic贸 autom谩ticamente el tipo sancionador m谩s duro.